COOJUNAL

Cooperativa Judicial Nacional

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RESOLUCIÓN NÚMERO 00877

(20 de noviembre del 1967)
“Por la cual se reconoce Personería Jurídica a la sociedad “COOPERATIVA JUDICIAL DE AHORRO Y CRÉDITO DEL DISTRITO DE CARTAGO, LTDA.” “COOJUNAL” -con domicilio en Cartago (Valle).

EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE COOPERATIVAS
En uso de sus atribuciones legales y especialmente de las que le confiere el literal b), Articulo 3 del Decreto Ley 1587 de 1963, y

CONSIDERANDO:
Que el señor AMADO GUTIERREZ V., en su calidad de gerente provisional de la “COOPERATIVA JUDICIAL DE AHORRO Y CRÉDITO DEL DISTRITO DE CARTAGO, LIMITADA”. Previo cumplimiento de los requisitos exigidos por los artículos 3 y 33 del Decreto Ley 1598 de 1963 solicita el reconocimiento de Personería Jurídica para dicha sociedad.

Que el comité de Personerías Jurídicas de la Superintendencias Nacional de Cooperativas, ha conceptuado favorablemente sobre tal reconocimiento por ajustarse la solicitud a los requisitos legales y a la doctrina cooperativa.


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